sennder Information & Legal

CONDICIONES GENERALES DE CONTRATACIÓN para transportistas/empresas de transporte

CONDICIONES GENERALES DE CONTRATACIÓN para transportistas/empresas de transporte - Estado I/2024
Actualizado July 1, 2024

1. Disposiciones introductorias

1.1. Las presentes CONDICIONES GENERALES DE CONTRATACIÓN para transportistas/empresas de transporte (en lo sucesivo denominadas «CGC») se aplican a todos los pedidos (en lo sucesivo denominados «Pedido de transporte») de sennder Technologies GmbH, Genthiner Str. 34, 10785 Berlín (en lo sucesivo, «sennder»), que se soliciten un transportista (en lo sucesivo, «Transportista») sobre la prestación de servicios de transporte nacional e internacional de mercancías por carretera.

1.2. Se aplican las CGC en su versión actual, disponibles en Internet en el dominio www.sennder.com/terms-conditions/carrier. No forman parte del contrato las condiciones generales del Transportista, las condiciones estándar de los fletadores alemanes (ADSp 2017) ni otras condiciones generales típicas del sector.

1.3. sennder tiene derecho a modificar o complementar estas CGC. Sennder notificará al Transportista los cambios en las CGC por correo electrónico o a través de sus plataformas. Se considerará que el Transportista ha otorgado su consentimiento a las CGC modificadas si no se opone por escrito a su validez en el plazo de tres (3) semanas a partir de la notificación de las CGC modificadas. Esto se señalará de nuevo por separado en el aviso de modificación. En caso de que el Transportista se oponga a las modificaciones de las CGC en tiempo y forma, sennder se reserva el derecho a rescindir la relación contractual.

1.4. Las siguientes disposiciones constituyen la base contractual de la relación contractual con el Transportista y se aplican en el siguiente orden en caso de que existan contradicciones:

a. Pedido de transporte junto con los anexos (en conjunto, «Pedido de transporte»);

b. cualquier acuerdo marco para la adjudicación de servicios de transporte (si procede);

c. las presentes CGC.

2. Objeto del Pedido de transporte

El Transportista se compromete a transportar las mercancías objeto del transporte por parte de sennder a cambio de la remuneración acordada, de conformidad con el Pedido, y a entregarlas al destinatario designado por sennder en el Pedido de transporte y de conformidad con las instrucciones individuales emitidas para el Pedido de transporte.

3. Finalización del Pedido de transporte, comunicación

3.1. La solicitud por parte de sennder al Transportista de un posible Pedido de transporte de mercancías no tiene carácter vinculante. sennder realizará el Pedido de transporte a través de sus plataformas informáticas o en forma de texto (también en forma electrónica, por ejemplo, por correo electrónico). El Transportista tiene la obligación de cumplir con los perfiles de requisitos o instrucciones individuales especificados por sennder. sennder indicará dichos perfiles de requisitos o instrucciones individuales en el propio Pedido de transporte o los adjuntará al Pedido de transporte en forma de Anexo.

3.2. Después de realizar un Pedido de transporte, sennder tiene derecho a transmitir a sus clientes información sobre el Transportista o su subcontratista con el fin de llevar a cabo el transporte.

3.3. Se aplicará el idioma del contrato acordado entre las partes en cada caso concreto. A falta de un acuerdo especial, el idioma del contrato será el alemán, el inglés y el idioma nacional del Transportista. Únicamente previo acuerdo por separado, sennder facilitará al Transportista una traducción de los documentos contractuales a otro idioma, corriendo los gastos a cargo del Transportista. Esta traducción tendrá carácter meramente informativo; solo será jurídicamente vinculante la información facilitada en el idioma del contrato. El Transportista asumirá cualquier riesgo relacionado con la traducción.

3.4. En el momento de la celebración del contrato, cada parte contratante designará a una o varias personas de contacto para que reciban información, instrucciones y consultas para la ejecución del contrato y facilitará los nombres y direcciones de contacto de la otra parte. El Transportista se asegurará de que el personal empleado por él para la ejecución del Pedido esté disponible en todo momento (por ejemplo, mediante el teléfono móvil y la aplicación móvil de sennder).

3.5. sennder está autorizado a modificar o ampliar en cualquier momento la infraestructura informática utilizada para la tramitación del Pedido y a poner a disposición del Transportista el equipamiento técnico necesario para la ejecución de los pedidos. En el caso de la implementación de una nueva infraestructura de informática o la provisión de nuevos equipos técnicos, sennder informará al Transportista con la debida antelación y acordará con él los pasos necesarios para realizar la conexión técnica del Transportista. El Transportista deberá utilizar obligatoriamente la infraestructura informática y el equipo técnico proporcionados por sennder. El equipo técnico proporcionado al Transportista seguirá siendo propiedad de sennder. En caso necesario, las partes acordarán los detalles por separado.

3.6. Si el lugar de recogida o entrega cambia después de la realización del Pedido de transporte, pero antes de la recogida o entrega, y el lugar modificado se encuentra dentro de un radio de veinte (20) km desde el lugar inicialmente acordado, el Transportista deberá realizar el transporte de acuerdo con las condiciones del Pedido de transporte. Los kilómetros adicionales se facturarán a 1,00 EUR por kilómetro adicional, de conformidad con lo dispuesto en el Anexo 1.

4. Normas de carga/descarga y otros requisitos relacionados con el transporte

4.1. Salvo acuerdo en contrario entre las partes o cuando las disposiciones legales obligatorias dispongan otra cosa, el Transportista deberá cargar y descargar las mercancías, cargarlas de forma segura para el transporte y su uso, y custodiarlas adecuadamente.

4.2. El Transportista deberá proporcionar los equipos y materiales exigidos por la ley o acordados en el Pedido de transporte para asegurar la carga y transportarla hasta el destino final (por ejemplo, correas tensoras, alfombrillas antideslizantes y protectores para los bordes). Además, el Transportista deberá garantizar que las mercancías transportadas estén debidamente custodiadas. La idoneidad de la vigilancia dependerá del tipo y el alcance del Pedido de transporte acordado. El Transportista deberá verificar la aptitud para el tráfico y la integridad del equipo del vehículo de transporte utilizado antes del inicio del transporte. 

4.3. Las fechas y horas de carga y descarga acordadas en el Pedido de transporte son vinculantes y deberán ser respetadas por el Transportista. Si el Transportista llega fuera de los horarios acordados, el Remitente o el Destinatario podrán negarse a cargar o descargar. Los posibles costes adicionales resultantes se cargarán adicionalmente al Transportista. En la medida permitida por la ley, el Transportista está obligado a pagar una tarifa plana de 35,00 EUR por cada hora de retraso (recogida tardía) en el punto de carga, pero no más del 50% de los costes profesionales (a menos que se indique lo contrario en el Anexo 1, dependiendo del lugar de carga). Esto se aplica exclusivamente a los retrasos atribuibles al Transportista en todos los lugares de recogida, sin perjuicio de la posibilidad de reclamar daños y perjuicios adicionales. La carga de la prueba de que el Transportista no es responsable del retraso recaerá en el Transportista (inversión de la carga de la prueba).

4.4. El Transportista enviará a sennder todos los comprobantes de entrega (carta de porte firmada y/o sellada por el Destinatario, recibo de la entrega) por vía electrónica inmediatamente después de que se haya efectuado el transporte, pero a más tardar dos días después de la entrega. El Transportista no tendrá derecho al pago de la carga acordada hasta que no se hayan presentado las pruebas de entrega. Los comprobantes de entrega originales deben estar disponibles bajo petición.

4.5. El Transportista deberá garantizar: 

a. que todos los dispositivos electrónicos utilizados por él para el procesamiento de pedidos sean funcionales y que los conductores estén a disposición de sennder en cualquier momento (por ejemplo, a través del móvil); 

b. que las mercancías no se dejen desatendidas y que el vehículo se estacione durante las pausas en estacionamientos seguros y controlados por vídeo, equipados con las medidas adecuadas contra el acceso de personas no autorizadas; 

c. que los vehículos estén equipados con medidas de seguridad, incluidos candados y precintos; 

d. que el conductor verifique la integridad de todo el remolque, incluido el sello y el candado, después de cada parada en el viaje y se asegure de que no se transporten polizones o contrabando; 

e. que el precinto del vehículo no se rompa durante el transporte sin el consentimiento por escrito de sennder. Si esto no es posible debido a que una autoridad estatal, como la autoridad aduanera, solicita poder acceder al remolque, el Transportista deberá notificar inmediatamente a sennder el incidente y solicitar los documentos oficiales de la autoridad correspondiente; 

f. que se realicen las comprobaciones de antecedentes apropiadas del personal, que también incluyen una revisión periódica de las infracciones de las sanciones o multas específicas del transporte. En caso de duda sobre la fiabilidad del personal empleado, el Transportista se asegurará de que este personal no se emplee para los pedidos de sennder;

g. que los conductores cumplan las leyes y las normas de las instalaciones del cliente y se comporten adecuadamente en ellas. sennder o su(s) cliente(s) podrá(n) formular objeciones justificadas a los conductores y solicitar la asignación de otros conductores en caso de que los asignados infrinjan las leyes, las normas de seguridad de las instalaciones o se comporten de forma inadecuada. Si no se proporciona una solución a tiempo, sennder puede cobrar al Transportista costes adicionales por un vehículo de sustitución.

4.6. El Transportista garantizará el acceso a sus sistemas telemáticos a través de la integración de GPS o a través de la aplicación móvil para que el transporte pueda ser monitorizado y rastreado con el fin de garantizar su seguridad y la calidad de sus servicios. Ambas partes se comprometen a cumplir con las disposiciones aplicables de la ley de protección de datos de conformidad con el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD). 

4.7. El Transportista solo utilizará las superficies de almacenamiento, los edificios de almacenamiento o transbordo y los equipos adecuados para el Pedido de transporte. El Transportista se hará responsable del cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias.

4.8. El Transportista no está autorizado a transbordar la mercancía de un vehículo a otro (en adelante, «Prohibición de transbordo»), a menos que sennder haya autorizado previamente por escrito al Transportista a hacerlo. El Transportista y sennder acuerdan la existencia de la Prohibición de transbordo independientemente de la inscripción en la carta de porte de conformidad con el art. 6, apdo. 2, letra a), del Convenio sobre el Contrato de Transporte Internacional de Mercancías por Carretera (CMR). Tras la descarga parcial, el Transportista debe comprobar la seguridad operativa y de transporte prescrita del envío y del medio de transporte.

5. Placas de almacenamiento e intercambio de palés

5.1. El Transportista solo está obligado a garantizar la sustitución de los medios de carga (europalés o palés Düsseldorf) en caso de que se le solicite por separado.

5.2. En el caso de un intercambio de medios de carga acordado contractualmente, a menos que se acuerde lo contrario, se aplicarán los siguientes principios: 

5.2.1. En el punto de carga, el Transportista está obligado a:

a. entregar el número de medios de carga intercambiables acordados en el Pedido de transporte en el punto de carga y confirmar el número y el tipo de los medios de carga entregados;

b. confirmar un intercambio que posiblemente no se haya producido; y

c. confirmar el número y el tipo de los medios de carga aceptados y registrar por escrito las posibles reservas con respecto a la calidad.

5.2.2. En el punto de descarga, el Transportista está obligado a:

a. entregar la mercancía paletizada y confirmar la entrega de los medios de carga de acuerdo con el número y el tipo;

b. comprobar la idoneidad exterior reconocible del equipo de carga en vacío ofrecido por el Destinatario;

c. confirmar el número y el tipo de los palés aceptados y registrar por escrito las posibles reservas con respecto a su calidad; y confirmar los intercambios que no se hayan producido.

5.3. Además, el Transportista está obligado a informar directamente a sennder durante el transporte de cualquier desviación en el intercambio del equipo de carga acordado en el contrato de transporte. sennder no se hace responsable de los palés defectuosos que hayan sido intercambiados por el Transportista o que no hayan sido comunicados a sennder durante el transporte.

5.4. En caso de que el Transportista no entregue ningún medio de carga intercambiable, insuficiente o que no corresponda con la calidad acordada en el punto de carga o descarga incumpliendo el Contrato, seguirá estando obligado a suministrar los medios de carga intercambiables que falten. Esta obligación debe cumplirse en el plazo de un mes a partir de la entrega.

5.5. Todos los medios de carga intercambiados y no intercambiados serán registrados por sennder en una cuenta de palés y contabilizados como saldos positivos o negativos. El Transportista recibirá por turno un extracto actual del recuento de palés. A menos que el Transportista se oponga al saldo informado en un plazo de catorce (14) días posteriores a la recepción del extracto, el saldo positivo o negativo que figure en el extracto se considerará aprobado y el Transportista no podrá en este caso plantear posteriores objeciones.

5.6. Si no se ha realizado la entrega, sennder podrá exigir una indemnización por daños y perjuicios en lugar de la prestación del servicio. Se aplicarán los precios habituales del mercado para el tipo de medio de carga correspondiente en el momento de la entrega adeudada, pero al menos una compensación de 12,00 EUR por cada europalé, 6,00 EUR por cada palé Düsseldorf y 4,00 EUR por la reparación de palés defectuosos (Düsseldorf o europalés).

6. Vehículos proporcionados por el Transportista

6.1. El Transportista deberá mantener en las fechas acordadas una flota suficiente de vehículos tripulados con un volumen de carga adecuado para cumplir con sus obligaciones derivadas del Pedido de transporte y ponerlos a disposición para el correspondiente transporte. El Transportista se asegurará de que el conductor o conductores encargados por él sean capaces de utilizar plenamente los horarios de conducción legalmente establecidos para el transporte, de forma que se garantice la entrega de la mercancía en el momento acordado o dentro del término convenido. 

6.2. En particular, el Transportista está obligado a: 

a. utilizar únicamente vehículos y remolques, medios de elevación, contenedores y otros equipos, incluidas las correas, que se encuentren en perfecto estado técnico;

b. garantizar que los vehículos que utilice sean adecuados para las mercancías a transportar; 

c. garantizar que los vehículos que utilice estén debidamente equipados para el pedido correspondiente. En particular, deberá asegurarse de que el vehículo propio o de terceros utilizado para el transporte esté equipado y asegurado con dispositivos técnicos contra el robo (por ejemplo, inmovilizador). El Transportista deberá exigir a sus conductores que activen el dispositivo antirrobo al abandonar el vehículo; 

d. asegurar todos los remolques, medios de elevación, contenedores y otros equipos que se encuentren dentro de su área de influencia y responsabilidad contra el robo o el hurto; 

e. garantizar que todos los certificados exigidos para el Pedido de transporte (por ejemplo, certificados ISO, TAPA TSR, GDP, IFS, HACCP) se presenten a sennder, a petición de éste, como copias certificadas antes de que se realice el transporte; y

f. asegurarse de que los vehículos, remolques, equipos de elevación y otros equipos utilizados por el Transportista, así como los conductores que emplee para realizar el transporte, cumplen todas las normas legales pertinentes (por ejemplo, leyes, ordenanzas, directivas u órdenes oficiales, reglamentos de asociaciones profesionales), disponen de todos los permisos y autorizaciones necesarios y cumplen con todos los requisitos administrativos. Si así se le solicita, el Transportista deberá demostrar a sennder el cumplimiento de los plazos de mantenimiento técnico.

6.3. En caso de avería de un vehículo del Transportista previsto para la ejecución del transporte, el Transportista proporcionará un vehículo de sustitución equivalente, independientemente de que el Transportista sea responsable o no de la avería. Si no puede hacerlo o no puede cumplir a tiempo el Pedido de transporte según lo acordado, sennder tendrá derecho a rescindir el contrato celebrado con el Transportista sin previo aviso y a suministrar un vehículo de sustitución a cambio de una tarifa que deberá abonar el Transportista tras la expiración de un plazo razonable - a menos que ello sea innecesario de conformidad con el art. 323, apdo. 2 del Código Civil alemán. Si el Transportista es responsable de la avería del Vehículo, sennder tiene derecho a cargar al Transportista los costes adicionales en que haya incurrido por el Vehículo de sustitución que haya suministrado, así como los costes causados por el retraso, y a compensarlos con la remuneración debida al Transportista.

6.4. sennder concede gran importancia a la protección del medioambiente. Por lo tanto, el Transportista está obligado a utilizar únicamente vehículos que cumplan con las normas de emisiones EURO 5 y EURO 6 para el transporte.

6.5. Si el Transportista está obligado contractualmente a utilizar combustibles avanzados como HVO, B100, Bio-GNL, Bio-GNC, GNL, GNC, electricidad, hidrógeno u otros, deberá cumplir con la obligación de utilizar el combustible especificado y proporcionar la documentación necesaria para demostrar que ha utilizado el combustible acordado en un plazo de dos (2) semanas tras la finalización del transporte o de conformidad con otro acuerdo por escrito con sennder. En caso de incumplimiento culpable de las obligaciones derivadas de la presente cláusula 6.5, el Transportista estará obligado al pago de una penalización contractual razonable a elección de sennder (hasta un máximo del 25 % de los gastos de transporte acordados). 

7. Documentos de transporte y acompañamiento, recibos

7.1. Los documentos de transporte y acompañamiento, en particular las cartas de porte, las cartas de porte CMR, las facturas comerciales, las listas de embalaje y los documentos aduaneros solo podrán ponerse a disposición o entregarse a terceros en la medida necesaria para la ejecución del Pedido de transporte. Solo se aplicarán excepciones en caso de inspecciones prescritas legalmente por la Oficina Federal de Logística y Movilidad (BALM, por sus siglas en alemán) u otros organismos autorizados por el gobierno.

7. 2. El Transportista solo podrá entregar las mercancías a transportar al destinatario previa presentación de un justificante de entrega, a menos que sennder indique lo contrario. El Transportista deberá garantizar que el Destinatario confirme la recepción de las mercancías y la hora de descarga en la carta de porte con el sello, la firma y la fecha actual.

8. Tiempo de espera/dieta por estancia

8.1. Si se acuerda un tiempo o una franja horaria para la puesta a disposición de un vehículo en el transporte de mercancías por carretera, el tiempo de carga o descarga para cargas completas (pero no para mercancías a granel) será de un máximo de dos (2) horas para la carga o descarga para vehículos con un peso bruto de 40 toneladas, independientemente de la cantidad de envíos por punto de carga o descarga.

8.2. La hora de servicio acordada en el Pedido de transporte será determinante para contabilizar el inicio del tiempo de la carga/descarga. Si el tiempo de carga o descarga se sobrepasa debido a un acuerdo contractual o por razones no imputables al ámbito de riesgo del Transportista, sennder pagará al Transportista la demora en la estancia de acuerdo con las siguientes condiciones:

a. Para hacer valer la reclamación por exceso de estancia, el Transportista está obligado a notificárselo a sennder inmediatamente, pero a más tardar antes de que finalice la segunda hora de espera con una solicitud final. 

b. El Transportista deberá garantizar que los documentos de transporte correspondientes contengan la hora real de llegada y salida del Transportista al lugar donde se realiza el servicio y estén firmados por el personal autorizado del lugar. En la medida en que exista la reclamación, sennder emitirá una nota de crédito de acuerdo con la sección 14.

c. El Transportista deberá llegar a tiempo para poder reclamar el pago por estancia.

d. A menos que las partes acuerden lo contrario de acuerdo con el Anexo 1, las dos (2) primeras horas del tiempo de espera no serán remuneradas por separado y el Transportista no tendrá derecho a una tarifa por estancia. Una vez transcurridas las dos (2) primeras horas y previa presentación del justificante correspondiente del tiempo de espera, el Transportista tendrá derecho a exigir un exceso de estancia, cuyo importe dependerá del lugar en el que se haya superado el tiempo de carga/descarga, de conformidad con lo dispuesto en el Anexo 1.

e. El Transportista no está autorizado a reclamar otros precios, tasas, recargos, pérdida de uso, gravámenes, costes u otros, a menos que así lo acuerde sennder por escrito y por adelantado.

9. Subcontratistas

9.1. El Transportista garantizará: 

a. no subcontratar servicios de transporte sin el consentimiento previo por escrito de sennder; 

b. que sus subcontratistas cumplan con los requisitos contractuales y de servicio para la prestación de los servicios contenidos en las presentes CGC, así como cualquier otra disposición legal aplicable. El Transportista será responsable de todos los actos y omisiones de sus subcontratistas, así como de sus propios actos y omisiones;

c. que se cumplan las obligaciones de pago frente a sus subcontratistas y que sennder y sus clientes queden exentos de cualquier reclamación de pago por parte del subcontratista o sus empleados frente a sennder y sus clientes por parte del Transportista. 

En caso de que un subcontratista no reciba el pago del Transportista y dicho subcontratista reclame el pago directamente a sennder o a su(s) cliente(s), sennder podrá retener o compensar la remuneración a pagar al Transportista en proporción a la cantidad reclamada por el subcontratista, junto con otros costes en que haya incurrido como consecuencia de la reclamación del subcontratista. sennder podrá ejercer este derecho independientemente de que dicho recurso por parte del subcontratista contra sennder o su(s) cliente(s) esté o no permitido por la legislación aplicable.

9.2. No obstante lo anterior, la selección de los subcontratistas seguirá siendo responsabilidad del Transportista. El Transportista realizará la selección con la debida diligencia comercial y deberá asegurarse de que el subcontratista dispone de todos los seguros y certificados necesarios para cumplir el Pedido de transporte. El Transportista seguirá siendo responsable como mandante del cumplimiento del Pedido de transporte.

9.3. En caso de que el Transportista incumpla de forma culpable las obligaciones asumidas en la presente sección 9, estará obligado al pago de una sanción contractual razonable (al menos 500,00 EUR) a discreción de sennder. Esto no afecta al derecho de sennder a reclamar daños adicionales y/o a rescindir el contrato sin previo aviso por una razón importante.

10. Cumplimiento de las disposiciones legales

10.1. El Transportista garantiza que él mismo, los conductores empleados por él y cualquier subcontratista contratado por él están obligados, en particular, a cumplir con las siguientes disposiciones:

a.  Reglamentos de la UE 1071/2009 y 1072/2009;

b.  Ley alemana del salario mínimo (MiLoG), así como las leyes y regulaciones nacionales aplicables en materia de jornada laboral, sueldos y salarios;

c. la legislación alemana para la lucha contra el empleo ilegal en el transporte comercial de mercancías por carretera (GüKBillBG);

d. las regulaciones y normas nacionales pertinentes de todos los países de la UE en caso de que el Pedido de transporte sea transfronterizo, incluidos los tránsitos;

e. la Ley alemana de transporte de mercancías por carretera (GüKG).

10.2. Además, el Transportista garantiza que él, los conductores empleados por él y cualquier subcontratista contratado por él se comprometen a:

a. llevar durante el viaje un cuaderno de informe de viaje de conformidad con el art. 5 de la Directiva CEMT;

b. para conductores extranjeros de terceros países (países no pertenecientes a la UE/EEE) y subcontratistas de un estado de la UE/EEE: llevar un permiso de conducir válido, un pasaporte o documento de identidad válido y, si es necesario, un permiso de trabajo original o un test negativo y, en caso necesario, una traducción certificada oficialmente,

c. llevar consigo las cartas de porte y los documentos de carga al comienzo del transporte y durante el viaje;

d. utilizar vehículos matriculados para el transporte de mercancías por carretera en el estado en el que esté establecido el Transportista y cumplir con las disposiciones pertinentes, en particular en términos técnicos;

e. cumplir con los horarios de conducción y descanso prescritos por la ley;

f. llevar consigo partes de accidente;

g. respetar el límite de 0,0 por mil en relación con el consumo de alcohol u otras sustancias que afecten a la capacidad del conductor para controlar un vehículo. Se aplica una prohibición general del consumo de alcohol y drogas al conducir el vehículo.

10.3. El Transportista se asegurará de que se cumplan las obligaciones laborales, aduaneras, de comercio exterior, sociales y de seguridad pertinentes para sus actividades.

10.4. El Transportista cumplirá con las políticas de sennder en materia de lucha contra el soborno y la corrupción, fraude, blanqueo de capitales y la denuncia de irregularidades, que se entregarán previa solicitud.

10.5. El Transportista se compromete a cumplir todas las leyes y reglamentos aplicables en materia de control de las exportaciones, incluidas las restricciones sobre bienes, territorio, servicios o personas y otras normas de embargo pertinentes para sus actividades, y a no mantener relaciones con personas u organizaciones que sean objeto de medidas económicas restrictivas impuestas por los gobiernos nacionales competentes o por organizaciones internacionales con fines de control de las exportaciones y sanciones económicas. El Transportista declara y garantiza que no figura en el listado Denied Party ni es propiedad, está afiliado o controlado de otro modo (directa o indirectamente) por un Specially Designated National, y que no contratará, empleará o utilizará a un Denied Party o a un Specially Designated National como empleado, subcontratista o agente para la entrega de productos o la prestación de servicios a sennder..

10.6. En el marco de los contratos de transporte transfronterizo, será responsabilidad del Transportista familiarizarse con las disposiciones legales aplicables de los países en cuestión y cumplirlas. Esto incluye en particular, pero sin limitarse, la normativa de prevención de accidentes, la normativa en materia de salud y seguridad en el trabajo, la normativa HSSE, las normas sociales en materia de tráfico por carretera, incluidos los períodos reglamentarios de conducción y descanso, así como la normativa sobre seguridad operativa de camiones/remolques aplicable en el punto de carga, el punto de descarga o en tránsito.

10.7. El Transportista confirma que ha leído y comprendido el código de conducta que le ha facilitado sennder (en su versión modificada periódicamente) y garantiza que lo cumplirá en su versión modificada periódicamente. El Transportista se compromete a formar a sus empleados para garantizar el cumplimiento del código de conducta de sennder.

10.8. Las actividades comerciales de sennder están sujetas a las disposiciones obligatorias de la «Ley de Diligencia Debida en la Cadena de Suministro» o LkSG. Según el art. 3, apdo.  1, de la LkSG, las empresas están obligadas a cumplir las obligaciones de diligencia debida en materia de derechos humanos y medioambiente en sus cadenas de suministro, con el fin de evitar o minimizar los riesgos para los derechos humanos y el medioambiente. El Transportista, en su calidad de «proveedor directo» de sennder, confirma y garantiza por la presente que cumple con los requisitos legales de la LkSG, en la medida en que sea aplicable, y garantiza que cumplirá con los principios mencionados y observará las obligaciones de diligencia debida en materia de derechos humanos y medioambiente en su cadena de suministro.

11. Instrucciones de sennder, información del Transportista y otras obligaciones del Transportista

11.1. El Transportista está obligado a seguir las instrucciones de sennder relacionadas con el Pedido, en particular con respecto a las fechas de carga y descarga y la ejecución del transporte. 

11.2. sennder tiene derecho a emitir instrucciones relacionadas con el Pedido y tiene derecho a proporcionar al Transportista especificaciones con respecto a ciertos requisitos específicos del transporte. sennder proporcionará dichos requisitos específicos del transporte, si fuese necesario, como un «anexo» en el momento de realizar el Pedido. Salvo en caso de inadmisibilidad, que el Transportista deberá demostrar y probar, el Transportista está obligado a cumplir tales requisitos, en particular si éstos (por ejemplo, los requisitos relativos al transporte o las instrucciones HSSE) le han sido facilitados antes de la entrega de la mercancía.

11.3. El Transportista deberá informar a sennder de las inexactitudes y deficiencias obvias en las instrucciones que reciba.

11.4. El Transportista está obligado a informar inmediatamente a sennder de todas las circunstancias imprescindibles para el cumplimiento del Pedido de transporte. Esto se aplica en particular a los impedimentos para el transporte, la entrega y el traslado que se produzcan por parte del Transportista, a los daños de transporte reconocibles en la mercancía y a la pérdida de la misma, así como a los accidentes, las averías de los vehículos o los retrasos en el transporte. En tal caso, el Transportista deberá informar inmediatamente a sennder y solicitar las correspondientes instrucciones. El Transportista deberá notificar inmediatamente a la policía cualquier robo o hurto relacionado con el Pedido de transporte e informar a sennder. En caso de accidente, el Transportista deberá, en todo caso, informar a la Policía y solicitar, una vez registrado el accidente, un informe escrito del mismo o un documento similar. Este informe de accidente debe proporcionarse a sennder mediante una copia claramente legible.

11.5. El Transportista se asegurará de que cualquier irregularidad que se produzca sea confirmada por escrito en la carta de porte tanto por la parte de la que se ha hecho cargo de la mercancía como por la parte a la que entrega la mercancía. Deberá indicar los detalles e informar inmediatamente a sennder de cualquier reclamación presentada por una de las partes de la carga.

11.6. El Transportista se compromete a indemnizar a sennder por cualquier reclamación de terceros, incluidas las reclamaciones de los participantes en la carga o de terceros, así como las reclamaciones gubernamentales y estatales, en la medida en que el uso de sennder se base en el incumplimiento por parte del Transportista de las disposiciones contractuales o legales.

11.7. Si las instrucciones facilitadas al Transportista por sennder (denominadas especificaciones de transporte) fuesen consideradas inválidas o no fueran efectivamente acordadas por un tribunal competente en una jurisdicción extranjera, el Transportista se compromete, no obstante, a nivel interno frente a sennder a aceptar la validez de las instrucciones facilitadas al mismo (denominadas especificaciones de transporte) como jurídicamente vinculantes sin restricción alguna y a indemnizar a sennder de conformidad con la presente sección 11.

12. Cancelación de un Pedido de transporte y costes adicionales

12.1. sennder tiene derecho a rescindir el Pedido de transporte de acuerdo con las disposiciones legales. En caso de que sennder cancele el Pedido de transporte, quedan excluidas las reclamaciones del Transportista por el pago de «ausencia de flete» (art. 415, apdo.  2 del Código de Comercio alemán). 

12.2. El Transportista no tendrá derecho a ninguna otra reclamación derivada de la rescisión por parte de sennder.

12.3. En caso de que el Transportista cancele el Pedido de transporte confirmado por sennder antes del momento de la recogida, el Transportista estará obligado a reembolsar los daños resultantes, en particular cualquier coste adicional para un Transportista contratado por sennder.

13. Gastos de transporte

13.1. El Transportista y sennder acordarán los gastos de transporte en el Pedido de transporte correspondiente. La remuneración acordada se muestra como importe neto más el IVA, si corresponde. Con la remuneración acordada, que incluye los costes de transporte y almacenamiento, se cubren todos los servicios que deben prestarse de acuerdo con el contrato de transporte. Las reclamaciones adicionales por los costes incurridos en el curso regular del transporte o el almacenamiento y que sean previsibles en el momento de la presentación de la oferta no se pueden hacer valer por separado.

13.2. La asunción o participación en gastos adicionales requerirá en todo caso el previo consentimiento por parte de sennder para la aprobación de los costes. Dicho consentimiento deberá obtenerse de forma inmediata en cuanto el Transportista tenga conocimiento de la necesidad de los costes correspondientes.

14. Emisión de una nota de crédito, vencimiento, aceptación

14.1. El Transportista deberá enviar a sennder todos los documentos recibidos por parte del destinatario (en particular, la carta de porte y el albarán de entrega), incluidas las pruebas de conformidad con la sección 7.2, inmediatamente después de la ejecución efectiva del transporte a través de la plataforma «on.sennder.com/pod» facilitada por sennder al Transportista. Si sennder y el Transportista acuerdan lo contrario en casos individuales o si la transmisión de los documentos a través de la plataforma «on.sennder.com/pod» no es posible por razones de las que sennder sea responsable (en particular, por razones técnicas), la transmisión de los documentos por parte del Transportista debe realizarse de otra manera que determine sennder en cada caso particular.

14.2. La facturación se realizará exclusivamente mediante la emisión de notas de crédito por parte de sennder, según lo acordado entre el Transportista y sennder, de conformidad con el art. 14 de la Ley del IVA alemana (UStG) y el art. 224 de la Directiva 2006/112/CE. Las notas de crédito pueden ser emitidas o pagadas por sennder o por una empresa afiliada en el sentido del art. 15 de la Ley alemana de Protección de Datos (AktG).

Las notas de crédito se emitirán en un plazo de cinco (5) días hábiles (excepto los sábados y domingos) posteriores a la recepción de la carta de porte y de todos los documentos confirmados o recibidos por el destinatario en relación con la entrega de la mercancía (en particular, el albarán de entrega de acuerdo con la sección 7.2). Los costes de transporte deben pagarse en un plazo de 45 días tras la presentación de la nota de crédito al Transportista. La recepción de los documentos anteriores por parte de sennder es un requisito previo para el pago de los gastos de transporte. Las partes son libres de llegar a un acuerdo independiente sobre el descuento por pronto pago.

15. Interrupciones en el servicio

En caso de interrupciones del servicio causadas por el Transportista, se aplicarán las siguientes disposiciones:

a. Si el Transportista no recoge una carga a la hora convenida por su culpa (por ejemplo, porque el camión es demasiado pequeño o el equipo de carga es incorrecto o no dispone de él), deberá remediar la situación a sus expensas en un plazo de tres (3) horas a partir de la hora de recogida convenida. En caso de que la recogida se retrase más de tres (3) horas con respecto a la hora de recogida acordada, sennder podrá organizar un transporte de sustitución a expensas del Transportista y contratar a otro Transportista. La sección 6.3 no se verá afectada por ello.

b. El Transportista será responsable, en la medida permitida por la ley, de todos los daños y perjuicios ocasionados a sennder, al destinatario o al cliente de sennder derivados de un retraso en la recogida del que sea responsable. El Transportista indemnizará a sennder, a primer requerimiento, respecto de todas las reclamaciones de terceros derivadas de un retraso culpable en la recogida o entrega.

16. Responsabilidad del Transportista

Sin perjuicio de las disposiciones que figuran a continuación, la responsabilidad de las partes se regirá por las disposiciones legales.

16.1.En caso de transporte nacional de mercancías por carretera, el Transportista será responsable de conformidad con las disposiciones del Código de Comercio alemán (HGB). Si sennder y su cliente hubieran acordado un importe estándar de responsabilidad en caso de pérdida/daño de la mercancía superior a los 8,33 derechos especiales de giro (DEG) legales por cada kg de peso bruto del envío, el Transportista será responsable en proporción a sennder, hasta un máximo de 40 DEG por kg.

16.2. En el caso del transporte transfronterizo, la responsabilidad del transportista se rige por las disposiciones del CMR.

16.3. Por lo demás, el Transportista será responsable de:

a. la causa culpable de daños materiales, en la medida en que no se trate de un daño a la mercancía, y daños personales, en el cumplimiento de sus servicios contractualmente acordados a los intereses legales de sennder, el cliente, el destinatario/cliente y sus empleados, órganos u otras personas auxiliares, así como a otros terceros, siendo responsable de la culpa de sus empleados u otras personas de las que se sirva para la prestación de sus servicios en la misma medida que de su propia culpa;

b. otras pérdidas económicas causadas culpablemente, en la medida en que no constituyan un daño causado por el retraso, dentro de los límites legales del art. 433 del Código de Comercio alemán (HGB).

16.4. Las disposiciones de limitación de responsabilidad contractual y legal, así como las exclusiones de responsabilidad, no se aplicarán en caso de dolo o negligencia grave.

16.5. El Transportista defenderá, indemnizará y mantendrá a sennder, sus afiliados, su personal o sus clientes completamente libres de cualquier pérdida financiera, daños, acuerdos, costes, gastos y otras responsabilidades (incluidos los honorarios razonables de abogados) que se deriven o estén relacionados con:

 a. cualquier reclamación relacionada con lesiones personales, muerte o daños a la propiedad (con la excepción de las mercancías) causados por un acto u omisión del Transportista, un subcontratista del Transportista o su personal respectivo; 

b. cualquier reclamación de cualquier tipo presentada por el personal del Transportista o su subcontratista; 

c. cualquier reclamación, daño, coste, multa o sanción que se deriven del incumplimiento por parte del Transportista o sus subcontratistas de las leyes relacionadas con el salario mínimo, las leyes laborales o las disposiciones relativas a las condiciones de trabajo.

17. Responsabilidad de sennder

17.1. sennder solo será responsable de los daños si sennder, los representantes legales de sennder o sus agentes indirectos son culpables de dolo o negligencia grave.

17.2. En la medida en que sennder, sus representantes legales o sus directivos no sean culpables de dolo o negligencia grave, la responsabilidad se limitará a los daños típicamente previsibles en el momento de la celebración del contrato.

17.3. La responsabilidad objetiva de sennder en los casos enumerados en el art. 414 del Código de Comercio alemán (HGB) se limita a un importe de 8,33 DEG por cada kilogramo de peso bruto del envío.

17.4. Las limitaciones de responsabilidad mencionadas anteriormente no son aplicables si la legislación obligatoria establece otros límites de responsabilidad, o en casos de reclamaciones por daños y perjuicios resultantes de lesiones a la vida, la integridad física o la salud.

18. Seguro

18.1. El Transportista se compromete a suscribir y mantener las pólizas de seguro que se indican a continuación en la cuantía habitual y adecuada, a menos que la legislación nacional en materia de seguros aplicable al Transportista prescriba requisitos más estrictos:

a. Seguro de responsabilidad civil de vehículos de motor;

b. Seguro de responsabilidad civil por pérdidas y daños a otros medios de transporte;

c. Seguro de responsabilidad civil general que cubra la responsabilidad legal del Transportista por lesiones o muerte de terceros o por daños a bienes de terceros;

d. Seguro de responsabilidad civil del empleador;

e. Seguro de responsabilidad civil de transporte adecuado para cubrir las obligaciones del Transportista en virtud de las presentes CGC y de cualquier otro aspecto de la prestación de los servicios.

18.2. Además, el Transportista se compromete a proporcionar, previa solicitud, copias de las pólizas de seguro enumeradas en el presente artículo y a informar inmediatamente a sennder acerca de cualquier cambio sustancial o de la extinción de cualquiera de las pólizas enumeradas en esta sección 18. El Transportista deberá garantizar que todas las reclamaciones por daños y perjuicios presentadas por sennder se tramiten de inmediato y se informen a la compañía de seguros del Transportista. El Transportista comunicará a sennder el número de referencia de la compañía de seguros. En caso de daños materiales o personales causados por el personal del Transportista durante la recepción, el transporte o la entrega de la mercancía al cliente, remitente, destinatario u otras partes intervinientes, o que se suponga que han sido causados por dicho personal, sennder se reserva el derecho de facilitar al cliente, remitente o destinatario el nombre, la dirección y los datos de contacto del Transportista, previa solicitud, con el fin de aclarar las circunstancias de los daños.

18.3. Si, en contra de su obligación en virtud de la sección 18.1, el Transportista no dispone de un seguro de transporte adecuado para el transporte, sennder podrá contratar un seguro de responsabilidad civil del Transportista adecuado para el transporte. En este caso, el Transportista está obligado a abonar a sennder una tasa de servicio de 3,50 EUR por cada carga completa de camión, que se deducirá de la factura o abono del Transportista mediante su propio procedimiento de facturación.

19. Cesión, compensación, retencióny derecho de prenda

19.1. El Transportista no está autorizado a compensar o retener, a menos que sus contrademandas sean indiscutibles o hayan sido establecidas por un tribunal con fuerza de ley.

19.2. El Transportista no está autorizado a ceder o transferir sus derechos y obligaciones sin el consentimiento previo por escrito de sennder.

19.3. Queda excluido el ejercicio de un derecho de prenda sobre la mercancía o de un derecho de retención sobre la mercancía por parte del Transportista.

20. Auditoría

20.1. sennder está autorizado, previa notificación razonable, a solicitar la inspección de los documentos comerciales, libros, materiales y registros (incluidos los documentos almacenados digitalmente) del Transportista, con el fin de verificar el cumplimiento de las obligaciones contractuales o legales por parte del Transportista. Este derecho se limita a aquellos documentos que estén directamente relacionados con el ámbito de aplicación del presente acuerdo.

20.2. A discreción de sennder, la auditoría puede ser realizada por sus propios empleados, por empresas de auditoría independientes o por otros consultores designados por sennder. Debe garantizarse el cumplimiento de la protección de la información confidencial del Transportista. 

21. Otros clientes del Transportista

 El Transportista está obligado a no actuar exclusivamente para sennder y a celebrar contratos y actuar para otros clientes. Antes de aceptar pedidos de terceros, el Transportista debe verificar si los intereses de sennder se oponen de acuerdo con la sección 22.

22. Protección del cliente 

22.1.  El Transportista se compromete a proteger a sennder. Durante la vigencia del contrato y durante un período de seis (6) meses a partir de la finalización del mismo, el Transportista no podrá prestar, directa o indirectamente, servicios de transporte o expedición a los clientes de sennder ni transmitirlos a terceros sin el consentimiento previo de sennder. Geográficamente, esta prohibición se limita al ámbito de actividad de sennder.

22.2. Se considerará cliente, en el sentido de la sección 22.1, a cualquier remitente o destinatario de mercancías del que el Transportista haya tenido conocimiento en los últimos seis (6) meses en relación con un Pedido de transporte que le haya sido otorgado por sennder o con el que sennder haya establecido una relación comercial para el transporte de mercancías y con el que el Transportista haya realizado dicho transporte.

22.3. En caso de que el Transportista incumpla la citada obligación en virtud de la sección 22.1, estará obligado a pagar una penalización contractual razonable a discreción de sennder (al menos el 15 % de la facturación neta que el Transportista alcance con el respectivo cliente correspondiente de la sección 22). El Transportista se compromete a revelar sus facturas al cliente correspondiente. Este hecho no afectará al derecho de sennder a reclamar otros daños y perjuicios o a rescindir el contrato sin previo aviso por causa justificada.

23. Cláusula de confidencialidad

El Transportista se compromete y acepta mantener en todo momento la más estricta confidencialidad con respecto a toda la información de carácter confidencial, en particular la información sobre previsiones, precios, descuentos, costes de gestión, estadísticas de ventas, mercados, clientes, empleados y sistemas técnicos, operativos y administrativos (denominada «Información confidencial») de sennder y de los clientes de sennder, que reciba o conozca en relación con la prestación de los servicios de transporte o el uso de las plataformas de sennder. El Transportista no utilizará ni divulgará la Información confidencial a ninguna otra persona, empresa o compañía fuera del grupo de empresas del Transportista y sus respectivos asesores profesionales, a menos que sea necesario y de buena fe en relación con sus obligaciones en virtud del contrato. Si alguna parte de la Información confidencial ya es conocida en el sector o pasa a ser de dominio público sin que se produzca un incumplimiento del presente acuerdo, o si su divulgación es exigida por ley o por orden judicial, no se aplicarán las anteriores obligaciones de confidencialidad con respecto a dicha parte de la Información confidencial. Sin limitar la naturaleza general de lo anteriormente expuesto, el Transportista se compromete a no utilizar la Información confidencial para sus propios fines comerciales, a menos que cumpla con sus obligaciones en virtud del contrato. Estas obligaciones de confidencialidad se aplicarán durante un período de cinco años a partir de la fecha en que el Transportista haya recibido la información confidencial en cuestión, independientemente de la rescisión o expiración del acuerdo. En caso de incumplimiento culpable de esta obligación, el Transportista estará obligado a pagar una penalización contractual razonable por infracción (al menos 15 000,00 EUR) a discreción de sennder. Este hecho no afectará al derecho de sennder a reclamar otros daños y perjuicios o a rescindir el contrato sin previo aviso por causa justificada.

24. Jurisdicción y ley aplicable

24.1. Para todas las relaciones jurídicas entre las partes contratantes se aplicará la legislación alemana, con la excepción de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías.

24.2. Para todos los litigios que surjan de o en relación con el contrato entre el Transportista y sennder, el lugar de jurisdicción exclusivo para todas las partes será el domicilio social de sennder, a menos que las disposiciones legales obligatorias indiquen lo contrario. El lugar de cumplimiento es Berlín. 

25. Disposiciones finales

25.1. Cualquier incoherencia en las disposiciones se solventará sobre la base de la legislación aplicable mediante disposiciones que se correspondan en la medida de lo posible con el sentido y la finalidad de la disposición que deba sustituirse. La inaplicabilidad de las regulaciones individuales no conlleva la invalidez total de estas condiciones. En caso de que alguna de las disposiciones de las presentes CGC no sea válida, las disposiciones restantes seguirán siendo válidas. La disposición inválida se sustituirá por una disposición determinada por la voluntad de las partes que se acerque lo más posible al propósito económico de la disposición inválida. Si las partes determinan posteriormente que un acuerdo en relación con las presentes CGC o sus componentes es incompleto, resolverán estas discrepancias mediante un acuerdo en forma de texto, teniendo en cuenta la finalidad del contrato y los intereses económicos para ambas partes.

25.2. Las presentes CGC pueden redactarse en idiomas distintos del alemán. En caso de contradicción o incoherencia entre la versión alemana y la versión en otro idioma, la versión alemana será la decisiva y se considerará como el texto determinante.

Anexo 1

Carrier es-T&C-sennder

En esta página
  • 1. Disposiciones introductorias
  • 2. Objeto del Pedido de transporte
  • 3. Finalización del Pedido de transporte, comunicación
  • 4. Normas de carga/descarga y otros requisitos relacionados con el transporte
  • 5. Placas de almacenamiento e intercambio de palés
  • 6. Vehículos proporcionados por el Transportista
  • 7. Documentos de transporte y acompañamiento, recibos
  • 8. Tiempo de espera/dieta por estancia
  • 9. Subcontratistas
  • 10. Cumplimiento de las disposiciones legales
  • 11. Instrucciones de sennder, información del Transportista y otras obligaciones del Transportista
  • 12. Cancelación de un Pedido de transporte y costes adicionales
  • 13. Gastos de transporte
  • 14. Emisión de una nota de crédito, vencimiento, aceptación
  • 15. Interrupciones en el servicio
  • 16. Responsabilidad del Transportista
  • 17. Responsabilidad de sennder
  • 18. Seguro
  • 19. Cesión, compensación, retención
  • 20. Auditoría
  • 21. Otros clientes del Transportista
  • 22. Protección del cliente 
  • 23. Cláusula de confidencialidad
  • 24. Jurisdicción y ley aplicable
  • 25. Disposiciones finales
How to get in touch: